
lo conforman el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros de una familia, siendo la finalidad del derecho de familia prevenir y solucionar los conflictos que se suscitan entre cónyuges, convivientes y entre éstos con sus descendientes.
Asesoramiento y dirección letrada en procedimientos de:
El Derecho de Sucesiones está integrado por el conjunto de normas que contienen las reglas para ordenar la sucesión mortis causa, para solventar los conflictos que se suscitan entre los herederos como consecuencia de la transmisión y posterior reparto de los bienes y derechos del causante. Nuestro objetivo es encontrar la solución más eficaz y económica a cada caso, en aras la defensa de los intereses de nuestros clientes siendo nuestro objetivo no sólo alcanzar la fórmula más adecuada para resolver el conflicto sucesorio, sino que además dicha solución sea la más favorable desde el punto de vista tributario, por lo que asesoramos de forma integral al cliente en la elaboración de testamentos, así como en toda la tramitación necesaria para la obtención del reparto de los bienes hereditarios, por ello llevamos a cabo la redacción e impugnación de testamentos, protocolos familiares, incapacitaciones, autorizaciones judiciales a menores etc…
Reunión previa en la que el cliente nos expone su asunto y nos facilita la oportuna documentación en aras al pre-estudio de la misma.
Tratamiento informatizado de la información y documentación facilitada por el cliente mediante el escaneado y asignación de referencias que permiten su fácil identificación.
Cumplimiento de la normativa en materia de protección y tratamiento de datos.
Elaboración de Hoja de Encargo Profesional.
Cumplimiento de la normativa en materia de protección y tratamiento de datos.
Comunicación continuada con el cliente a través de la elaboración de informes periódicos de seguimiento, remisión de correos electrónicos para informar de cualquier situación o evento relevante, llamada telefónica etc.
Plena disponibilidad bien por vía electrónica, telefónica o presencial.
A continuación, podrá encontrar algunas de las preguntas más frecuentes relacionadas con Derecho de Familia. Si entre las siguientes cuestiones no viese resuelta sus dudas, puede hacernos llegar su consulta a través de nuestro formulario de contacto.
La separación legal supone el cese de la obligación de convivencia reconocida legalmente. El divorcio conlleva la disolución del vínculo matrimonial, por lo que los cónyuges divorciados pueden contraer de nuevo matrimonio civil.
La determinación de la guarda y custodia de los hijos.
La forma en la que se ejercerá la patria potestad sobre los hijos.
Establecimiento de pensión de alimentos a favor de los hijos.
Atribución del uso de la vivienda familiar con el reparto del ajuar, bienes muebles y enseres personales.
Liquidación del régimen económico matrimonial y división de bienes en comunidad ordinaria indivisa.
Prestación compensatoria o compensación económica entre los cónyuges.
La inscripción como pareja de hecho no causa efectos jurídicos en sus miembros como si lo hace el matrimonio. Durante la vigencia de la inscripción, todo lo relativo a la economía y patrimonio de los convivientes se regirá salvo pacto en contrario, por el régimen económico de separación de bienes, de este modo cada uno de los convivientes es titular de sus propios bienes y derechos. Si la pareja se disuelve, cesarán sus efectos económicos en la manera en que sus integrantes lo hubieran acordado.
Se puede acudir tanto a la vía penal como a la vía civil para reclamar las pensiones de alimentos impagadas, siendo requisito fundamental el impago de dos mensualidades consecutivas o cuatro no consecutivas.
Como principio general, la respuesta es afirmativa, las deudas si se heredan. En el momento de aceptar una herencia, se acepta el patrimonio o bienes, pero también las obligaciones del fallecido.
Por tanto, lo más beneficioso es aceptar la herencia a beneficio de inventario, que es la más útil cuando no se conoce cual es la valoración de los bienes. Se liquidarán las deudas en primer lugar, y si queda algo, el heredero/a recibirá la suma, siendo la principal ventaja de esto que el heredero nunca tendrá que responder con su patrimonio personal.
Contáctenos. Estudiaremos su caso y diseñaremos la mejor solución a su problema.
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